Desde el punto de vista del donante, es una franquicia tributaria que constituye la posibilidad que para efectos de la Ley de la Renta, se pueda descontar, ya sea como gasto o como crédito contra el impuesto, parte o el monto total de la donación.
La ley estipula que sólo las donaciones acogidas a un proyecto aprobado por el Ministerio de Desarrollo Social de Chile (ex Mideplan), están afectas al Beneficio Tributario.
Descargue el documento correspondiente para acoger sus donaciones al beneficio tributario. Usted debe imprimir, llenar y firmar este documento, escanearlo y enviarlo a amigos@flrosas.cl
Una vez recibido el convenio le enviaremos un mail confirmatorio de su inscripción en el sistema de Certificados Digitales. Luego de este correo usted también recibirá una clave provisoria de acceso a nuestro portal para poder imprimir sus certificados si fuese necesario.
Desde ahí en adelante, una vez al año, nos haremos cargo del proceso de declarar en el servicio de impuestos internos (SII) sus donaciones acogidas al beneficio.
“Dichoso el que cuida del pobre y desvalido, en el día del peligro el Señor lo librará”. Salmo 40